24 mayOcho errores legales que todo emprendedor debería evitar

de http://www.capital.es

La aventura de lanzarse a crear tu propia empresa suele ser complicado. De hecho, aunque todas comienzan con optimismo e ilusión, muchas de ellas no llegan a cumplir el primer año de vida. En unos casos, porque la idea no era tan buena como se esperaba, en otros, por ausencia de un business plan sólido y bien planificado, sobreoptimismo en las previsiones o falta de financiación, entre otros de los muchos motivos que podría mencionar.

 

Sin embargo, desde este espacio me voy a detener en los errores jurídicos que, si no son corregidos desde el principio, pueden dificultar posteriormente el desarrollo del proyecto. En este sentido y siguiendo los post que en los últimos tiempos hemos dedicado en capital al apasionante mundo del emprendimiento, comparto con vosotros, un documento interesante al que he tenido acceso elaborado por un Gabinete Jurídico, despacho especializado en emprendedores. Sirve para hacerse una idea de todos los aspectos jurídicos que tiene que tener en cuenta un emprendedor a la hora de montar su negocio.

1. Constitución de la sociedad. Hay determinados elementos de la sociedad cuyo significado es poco determinante. Elementos, tales como la denominación social o el domicilio son secundarios. Pero hay algunos elementos que sí son importantes, y sobre los cuales el emprendedor debe empezar a tomar decisiones: la forma societaria, el capital social, el órgano de administración y las limitaciones a la libre transmisibilidad.

2. Encuadramiento del emprendedor en SS. Es un elemento que suele pasar desapercibido al inicio de la constitución de la sociedad. Y sin embargo, tiene importancia. Siempre ha sido un tema controvertido el encuadramiento en la seguridad social y el tipo de contrato (laboral o mercantil, de alta dirección o no) que un miembro del órgano de administración y propietario, debe tener.

3. Pacto de Socios entre los propios emprendedores. Este es un documento cuya utilidad es siempre relativa. Es cierto que el emprendedor no suele venir solo. Suelen ser dos o más socios quienes desean desarrollar el proyecto conjuntamente. Y se plantea muchas veces la conveniencia de regular entre ellos los elementos básicos: aportaciones, dedicaciones, competencia, exclusividad, etc. Sin embargo, en cuanto llegue la primera financiación externa, incluso de F&F, se planteará la necesidad de firmar un nuevo pacto de socios, Y entonces la disyuntiva será si mantener o no el primitivo.

4.Cesión de propiedad Intelectual. Este es un elemento determinante, y muchas veces olvidado. Las start upsde base tecnológica siempre se asientan sobre elementos de propiedad intelectual, en su sentido amplio, esto es, propiedad industrial o propiedad intelectual.

5.Contratos laborales. La relevancia que, para una startup tecnológica, tienen los contratos laborales que se firmen con los trabajadores, es que desde el primer momento deben incluirse tres cláusulas específicas:a) La cesión a favor de la empresa de toda la propiedad intelectual, en su sentido amplio, que se genere mientras dura la relación laboral.b) Una cláusula de no competencia debidamente redactada, que en la medida de lo posible dificulte que un trabajador enfadado, pueda dañar el proyecto.c) Una cláusula de confidencialidad que cierre las puertas a la revelación de secretos.

6. Primera ronda de financiación: Ampliación capital F&F y/o BA, modificaciones. Las necesidades financieras son consustanciales a todo proyecto empresarial, y todavía más para las jóvenes empresas creadas por emprendedores. La primera ronda de financiación, la entendemos como aquella en la que el financiador empieza a pedir un tratamiento “profesional” o “especializado” del dinero que aporta.

No le vale con presta el dinero al amigo, y al proyecto. Necesita ver que su aportación está convenientemente regulada, y recogida en documentos notariales que garantizan su derecho a la recuperación y participación en las ganancias.

7. Pacto de socios con inversores. No es este el artículo donde extenderse sobre un tema tan complejo como el Pacto de Socios que, necesariamente, los inversores exigirán del emprendedor. Sí es bueno, en todo caso, que el emprendedor esté preparado sobre cuáles van a ser las exigencias “tipo” que un inversor suele plantear: control de gestión, minorías de bloqueo de decisiones, exigencia de continuidad y exclusividad al emprendedor, derecho de arrastre en caso de voluntad de venta, etc.

8. Plan de Incentivos trabajadores. En toda startup el modelo de remuneración de los empleados se plantea casi desde el principio. El objetivo es que los profesionales clave se impliquen en el proyecto, y lo hagan de tal manera que la generación de valor sea rápida, objetivo inexcusable en toda empresa que se inicia. Además se concitan dos elementos adicionales que hacen que esta remuneración sea más compleja que la de un empleado en una compañía más consolidada. Por un lado, que la sociedad no suele tener disponibilidades suficientes como para remunerar a precios de mercado a grandes profesionales, con capacitaciones profesionales muy elevadas, que son los que verdaderamente se necesitan en este tipo de empresas. Por otro, que ante la eventualidad de que el emprendedor persiga una venta más o menos rápida, el trabajador debe tener expectativas de participar él también en los altos retornos esperados.

Son solo algunos consejos que, por supuesto, no garantizan que la empresa vaya a sobrevivir a largo plazo, vaya a incrementar su cartera de clientes o logre un hueco hueco en el mercado. Pero sí que ahorrarán más de un quebradero de cabeza a todos aquellos que están pensando en lanzarse a la aventura de crear su propio negocio.